EXTRAORDINARIO
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Constitución dictada por Diocleciano en el año 294 d. C. autorizó este procedimiento para todos los juicios.
Etapas:1°. LibellusActor: conventionis-denuntiationisDemandado: contradictionis
2°. Audiencia- Narratio
- Contradictio
3°. Prueba
4°. Litis Contestatio (fin del pleito)Ius Iurandum (juramento de verdad)
5°. Sentencia (nova la obligación extingue la acción)
- Ahora el iudex es un funcionario público del Imperio.
- Burocracia judicial.
- Aparece el proceso en contumacia o rebeldía.
- Aparece la apelación de las sentencias.
- Proceso escrito.
- Intervención de abogados.
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